Decreto No. 1.252/99
Buenos Aires; Boletín Oficial; 1999. [16] p. (1.252/99).
em Es
| BINACIS
| ID: bin-134652
Biblioteca responsável:
PE8.1
Localização: CEPIS; 0038, V29, 20070401. CD. 041103
ABSTRACT
Procedimiento y la autoridad de aplicación de la Ley No. 123. El Decreto dispone que constituirán la Autoridad de Aplicación, actuando en forma conjunta, las Secretarías de Medio Ambiente y Desarrollo Regional, de Planeamiento Urbano y de Industria, Comercio y Trabajo. La Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Regional suministrará el apoyo administrativo y técnico que requiera la autoridad de aplicación; podrá requerir, cuando así fuere necesario, la colaboración de profesionales de las precitadas Secretarías. La Comisión Interfuncional de Habilitación Ambiental, estará compuesta por representantes de los organismos técnicos competentes designados por las Secretarías de Planeamiento Urbano, de Medio Ambiente y Desarrollo regional, de Industria y Trabajo, de Obras y servicios Públicos y Transporte y Tránsito y de gobierno. La coordinación de la Comisión estará a cargo de la Subsecretaría de Medio Ambiente. La Comisión Interfuncional realizará la armonización de los trámites administrativos que resulten necesarios para dar cumplimiento a los procedimientos administrativos de la Evaluación de Impacto Ambiental, con la finalidad de garantizar la celeridad y uniformidad en los criterios que atañen a la evaluación de Impactos particulares
Texto completo:
1
Coleções:
06-national
/
AR
Base de dados:
BINACIS
Assunto principal:
Argentina
/
Legislação Ambiental
/
Monitoramento Ambiental
/
Normas de Qualidade Ambiental
/
Poluição Ambiental
/
Auditorias Ambientais
Aspecto:
Determinantes_sociais_saude
País/Região como assunto:
America do sul
/
Argentina
Idioma:
Es
Ano de publicação:
1999
País de publicação:
Argentina